Qué se negocia y con quién
La negociación colectiva incluye convenios de empresa, acuerdos de empresa sobre materias concretas, pactos de inaplicación de condiciones del convenio sectorial y acuerdos en procedimientos de modificación, traslado o regulación de empleo. Cada tipo tiene requisitos de legitimación y efectos distintos.
Identificar bien quién puede negociar —comité, delegados, secciones sindicales— y qué mayorías se requieren es el primer paso para que lo pactado sea válido.
Preparar la mesa
Antes de sentarse, conviene conocer el convenio vigente, los costes de cada propuesta, los objetivos de la dirección y los límites reales. Distinguir lo imprescindible de lo intercambiable da margen para negociar sin improvisar.
También importa la relación con la representación: escuchar sus prioridades y entender el clima de la plantilla. Mi formación en Psicología y en ADE ayuda a leer las dos dimensiones, la humana y la económica.
Durante la negociación
Las actas deben reflejar con fidelidad lo tratado y los compromisos alcanzados. La buena fe negocial es una obligación legal, no una cortesía. Mantener la coherencia entre lo que se dice en la mesa y lo que se comunica a la plantilla protege la credibilidad de la empresa.
Si la negociación se bloquea, pueden valorarse la mediación y el arbitraje. En Cataluña, el Tribunal Laboral de Catalunya ofrece procedimientos de solución extrajudicial de conflictos.
Redactar lo pactado
Una cláusula ambigua puede generar años de discrepancias. Reviso la redacción para que el texto sea claro, aplicable y compatible con la ley y el convenio superior. Los convenios deben registrarse y publicarse en los términos legales.
Después, acompaño en la interpretación y en el funcionamiento de las comisiones de seguimiento.
Negociaciones que no son de convenio
Gran parte de la negociación colectiva cotidiana no consiste en firmar un convenio completo, sino en acuerdos concretos: un calendario laboral, una política de teletrabajo, un sistema de retribución variable, un plan de igualdad, un protocolo de desconexión digital o las condiciones de un traslado colectivo. Estos acuerdos tienen menos visibilidad, pero igual o mayor impacto práctico, y su redacción también exige precisión.
Preparar estas negociaciones con la misma seriedad que un convenio evita que acuerdos pensados como provisionales se conviertan en condiciones consolidadas difíciles de revisar.
La relación más allá de la mesa
La representación legal de la plantilla es un interlocutor estable. Cuidar los derechos de información y consulta durante todo el año —no solo cuando hay que negociar— crea una base de confianza que se nota en los momentos difíciles. Asesoro también en esa relación ordinaria: qué hay que informar, cuándo y cómo, y cómo responder a solicitudes de la representación.
Saber qué convenio se aplica
El convenio colectivo aplicable depende de la actividad real de la empresa, no solo de lo que consta en los documentos de alta. Las empresas con varias actividades, o que han crecido hacia otras nuevas, a veces aplican un convenio que ya no les corresponde. La diferencia afecta a tablas salariales, jornada, permisos y clasificación profesional. Confirmar el convenio correcto es el primer paso antes de negociar nada.
Elecciones y derechos de la representación
La representación legal la elige la plantilla, y la empresa no debe interferir en el proceso. Una vez elegida, tiene derechos de información, consulta y crédito horario retribuido, además de protección frente a despidos y sanciones. Una buena relación empieza por respetar esos derechos y facilitar la información a tiempo, lo que también reduce el riesgo de conflictos formales.
Convenios de empresa e inaplicación
Un convenio de empresa puede regular determinadas materias con prioridad sobre el convenio sectorial. Además, cuando concurren causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, la empresa puede, tras un periodo de consultas, dejar de aplicar algunas condiciones del convenio, como las tablas salariales o la jornada. Este mecanismo tiene requisitos estrictos y, si no hay acuerdo, puede acabar en mediación o arbitraje.
Ambas vías exigen preparación: cifras realistas, una explicación clara de las causas y propuestas que la otra parte pueda defender ante la plantilla.
Negociar de buena fe
La ley exige a ambas partes negociar de buena fe. En la práctica significa reunirse, intercambiar propuestas y justificar posiciones, no limitarse a presentar un texto cerrado. Levantar acta de cada reunión protege a la empresa si el proceso se impugna después.
Preparar la posición de la empresa
Antes de sentarse a negociar, la empresa debe conocer sus propios números: coste salarial real por grupo, horas efectivamente trabajadas, absentismo, rotación y coste de cada propuesta durante la vigencia del convenio. La representación llevará su propio análisis. Llegar con datos verificados y un orden claro de prioridades acorta la negociación y facilita aplicar el resultado. También ayuda prever cómo leerán cada cláusula los mandos que deberán aplicarla en el día a día, no solo quienes la negociaron.
Documentación útil para la primera revisión
- Convenio vigente y acuerdos anteriores
- Composición de la representación legal
- Plataforma o propuestas recibidas
- Costes estimados de las principales medidas
- Calendario de negociación previsto
- Actas de reuniones ya celebradas
Qué esperar de la primera conversación
En el primer contacto me explicas qué ha ocurrido y qué te preocupa. Te diré si hay algún plazo que requiera actuar de inmediato, qué documentos conviene reunir y cuáles son, a grandes rasgos, las vías posibles. Si decidimos trabajar juntas o juntos, recibirás por escrito el alcance del encargo y los honorarios antes de empezar.
No necesitas tener toda la información ordenada ni saber cómo se llama jurídicamente tu situación. Ese es precisamente mi trabajo. Lo único importante es no dejar pasar el tiempo cuando hay plazos en juego.
Preguntas frecuentes
¿Nos conviene un convenio de empresa?
Depende del sector, del tamaño y de los objetivos. Un análisis previo compara el marco sectorial con lo que podría negociarse.
¿Se puede dejar de aplicar el convenio sectorial?
Existe un procedimiento de inaplicación con causas y requisitos estrictos, normalmente con acuerdo de la representación.
¿Participas en las reuniones?
Sí, si así se acuerda. También puedo asesorar en segundo plano al equipo negociador.